6. Edicto usucapion sentencia Barrera
Judiciales
20/09/2024
EDICTO
La Sra. Juez de 1ra.Inst. en lo Civil, Com, Conc. Y Flia Sec. 1 de Dean Funes,Dra. Emma Del Valle Mercado,en autos caratulados“BARRERA, HECTOR EDUARDOs/ USUCAPION” (Nº1959543)",ha dictado la sig.resolución: SENTENCIA NUMERO: 82. DEAN FUNES, 24/07/2024.- Y VISTOS... Y DE LOS QUE RESULTA... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el Sr. Héctor Eduardo Barrera, DNI 8.295.300; y en consecuencia declarar que el actor ha adquirido por prescripción adquisitiva operada en el año 2019, el dominio del inmueble descripto como una fracción de campo constituida por dos lotes, ubicada en los Tigres, Departamento Rio Seco, Pedanía Higuerillas, Provincia de Córdoba, que según plano de mensura para usucapión aprobado por la Dirección General de Catastro con fecha 27/07/2010 mediante Expte N° 0033-25266/2007 (fs. 52), se designa y describen de la siguiente forma: Lote 024-1787 "A": mide y linda: el costado oeste está formado por cuatro tramos que, partiendo del esquinero Nor-Oeste, con rumbo Sur, constan de: primer tramo trescientos diecisiete metros con diez centímetros (línea 1-2); segundo tramo doscientos setenta y siete metros con sesenta centímetros (línea 2-3); tercer tramo veintidós metros con cuarenta centímetros (línea 3-4); cuarto tramo ochocientos setenta y nueve metros con setenta y cinco centímetros (línea 4-5); todos lindando con parcela sin dominio, posesión de Máximo Corbalán y Melitana Cabral Vda. de Machado; el costado sur está compuesto por cuatro tramos que, partiendo del esquinero Sud-Oeste, con rumbo Este, miden el primero (línea 5-6) setenta y siete metros con treinta centímetros ; el segundo (línea 6-7) cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con treinta centímetros; el tercero (línea 7-8) mil doscientos veintiún metros con cincuenta y cinco centímetros) y el cuarto (línea 8-9) cuatrocientos setenta y cinco metros con treinta y cinco centímetros; lindando en parte con parcela sin dominio, posesión de Felipa Catalina Cabrál de Suarez; y en parte con parcela sin dominio, posesión de Roberto Cabral y Cipriano Zacarias Cabral; el costado Este está formado por tres tramos que, partiendo del esquinero sur-este miden, con rumbo Norte: el primero (línea 9-10), mil sesenta y nueve metros con sesenta centímetros; el segundo (línea 10-11) ciento setenta y dos metros con cuarenta centímetros; y el tercero (línea 11-12) doscientos noventa y dos metros con sesenta y cinco centímetros); todos ellos lindando con antiguo camino a Santiago del Estero; el costado Norte está compuesto por una línea quebrada formada por catorce tramos que, partiendo del esquinero Nor-Este con rumbo Oeste, miden: el primero (línea 12-13) cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y cinco centímetros; el segundo (línea 13-14) mide trescientos diecinueve metros con cincuenta centímetros; el tercero (línea 14-15) doscientos veinticuatro metros con sesenta centímetros; el cuarto (línea 15-16) doscientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y cinco centímetros; el quinto (línea 16-17) doscientos veinticinco metros con cincuenta centímetros; el sexto (línea 17-18) ciento treinta y ocho metros con veintiséis centímetros; el séptimo (línea 18-19) ciento ochenta y tres metros con cuarenta y cinco centímetros; el octavo (línea 19-20) sesenta y cuatro metros con ochenta centímetros; el noveno (línea 20-21) sesenta metros con sesenta centímetros; el décimo (línea 21-22) ciento cuarenta y cuatro metros con veinte centímetros; el undécimo (línea 22-23) cuatrocientos cuarenta y seis metros con sesenta centímetros; el duodécimo (línea 23-24) cuatrocientos dieciocho metros con veinte centímetros; el trigésimo (línea 24-25) ciento setenta metros; y el décimo cuarto (línea 25-1) doscientos cincuenta y cinco metros con setenta y cinco centímetros, lindando en parte con parcela sin dominio posesión de Félix Armando Espíndola y en parte con parcela sin dominio de Segundo Chávez, lo que hace una superficie total de trescientas veintitrés hectáreas, siete mil quinientos noventa metros cuadrados. Lote 024-1590 “B”: mide y linda; el costado Oeste está formado por seis tramos que, partiendo del esquinero Nor-Oeste, con rumbo Sur, constan de: el primero (línea 1-2), cincuenta y cinco metros con treinta centímetros; segundo (línea 2-3) mil ciento cincuenta y cuatro metros con cincuenta centímetros; el tercero (línea 3-4) ciento treinta y ocho metros con ochenta centímetros; el cuarto (línea 4-5) mil ciento once metros con cincuenta centímetros; el quinto (línea 5-6) setecientos ochenta y dos metros con noventa centímetros; el sexto (línea 6-7) ciento cuarenta y siete metros con ochenta centímetros, todos lindando con antiguo camino a Santiago del Estero; el costado Sur está formado por doce tramos que, partiendo desde el esquinero Sur-Oeste con dirección Este, miden: el primero (línea 7-8) mil ochenta y cuatro metros; el segundo (línea 8-9) trescientos ochenta metros con sesenta centímetros; el tercero (línea 9-10) doscientos cincuenta y ocho metros con cincuenta centímetros; el cuarto (línea 10-11) treinta y ocho metros con setenta y cuatro centímetros; el quinto (línea 11-12) veinticinco metros con veinticinco centímetros; el sexto (línea 12-13) treinta y ocho metros con diez centímetros; el séptimo (línea 13-14) treinta y nueve metros con noventa cuatro centímetros; el octavo (línea 14-15) cincuenta y cuatro metros con cincuenta y seis centímetros; el noveno (línea 15-16) veinticinco metros con seis centímetros; el décimo (línea 16-17) sesenta y nueve metros con diez centímetros; el undécimo (línea 17-18) sesenta y cinco metros con noventa centímetros; el duodécimo (línea 18-19) ciento diecisiete metros con quince centímetros; todos ellos lindando con Propiedad de José Fernández Collera (hoy su sucesión); el costado Este está formado por once tramos que, partiendo desde el esquinero Sud-Este, con dirección Norte, miden: el primero (línea 19-20) mil seiscientos veinte metros con cincuenta y dos centímetros; el segundo (línea 20-21) ciento setenta y uno metros con setenta y cuatro centímetros; el tercero (línea 21-22) doscientos diecinueve metros con sesenta centímetros; el cuarto (línea 22-23) ciento veintiséis metros con setenta centímetros; el quinto (línea 23-24) doscientos diez metros con ochenta centímetros; el sexto (línea 24-25) ochenta y cinco metros con cuarenta centímetros; el séptimo (línea 25-26) trescientos catorce metros con ochenta centímetros; el octavo (línea 26-27) trescientos treinta y seis metros; el noveno (línea 27-28) mide ciento noventa y nueve metros con treinta centímetros; el décimo (línea 28-29) ciento setenta y dos metros con diez centímetros; el undécimo (línea 29-30) cincuenta y ocho metros con noventa y cinco centímetros lindando en parte con propiedad de José Fernández Collera (hoy su sucesión); y en parte con posesión sin dominio de Severiano Espíndola; el lado Norte está formado por siete tramos que, partiendo del esquinero Nor-Este con dirección Oeste, miden: el primero (línea 30-31) setenta y dos metros con sesenta centímetros; el segundo (línea 31-32) cuarenta y siete metros con sesenta centímetros; el tercero (línea 32-33) sesenta y un metros con cincuenta y ocho centímetros; el cuarto (línea 33-34) treinta y cinco metros con noventa y cinco centímetros; el quinto (línea 34-35) sesenta y tres metros con sesenta centímetros; el sexto (línea 35-36) sesenta y cuatro metros con cuarenta centímetros; y el séptimo (línea 36-1) noventa y dos metros con cuarenta centímetros lindando con arroyo Ancasmayo; lo que hace una superficie de trescientas ochenta y cuatro hectáreas, cuatrocientos sesenta y ocho metros cuadrados. 2) Ordenar la publicación de edictos en el “Boletín Oficial” y en un diario local por diez días a intervalos regulares dentro de un período de treinta días (arts. 783, 783 ter y 790 del CPCC). 3) Oportunamente, ordenar la inscripción del inmueble referido a nombre del Sr. Héctor Eduardo Barrera, DNI 8.295.300, con fecha de nacimiento 06 de marzo de 1950, CUIT 20-08295300-1, domicilio real en calle Dr. Blanco N° 36 de la ciudad de Huinca Renancó, provincia de Córdoba, casado en primeras nupcias con la Sra. Teresita Beatriz PERALTA, D.N.I. 11.192.255, nacida el 15 de agosto de 1954, CUIL 27111922557, de Nacionalidad Argentino, en el Registro General de la Provincia, a cuyo fin ofíciese. 4) Imponer las costas por el orden causado (art. 130 última parte del CPCC). 5) Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes para cuando éstos lo soliciten y se determine la base regulatoria (art. 26 del CA).-Dra.Luciana Paola CASERMEIRO: Prosecretaria-Oficina-DEAN FUNES.-
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