Veda electoral para las elecciones del 4 de septiembre

A través de una resolución, la Junta Electoral Municipal estableció el alcance de la veda.

Política y Sociedad 24/08/2016

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La Junta Electora Municipal emitió una resolución en donde se establecen los alcances de la veda electoral para las elecciones de Convencionales Constituyentes del 4 de septiembre por la Carta Orgánica.

La veda dará inició a las 00 hs del domingo 4 de septiembre y finalizará a las 21 hs del mismo día. Según establece la resolución, en esta franja horaria estarán prohibidas las siguientes cosas:

1)    La exhibición, el depósito y portación de armas en los lugares de los comicios y hasta una distancia de 100 metros del perímetro de aquellos, a excepción de la policía.

2)    Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

3)    El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

4)    Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 100 metros de la ubicación de las mesas receptoras de votos.

5)    A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

6)    La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalan mesas receptoras de votos.

7)    La difusión y publicación de encuestas previas o a boca de urna o similares.La Junta Electora Municipal emitió una resolución en donde se establecen los alcances de la veda electoral para las elecciones de Convencionales Constituyentes del 4 de septiembre por la Carta Orgánica.

 

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