Veda electoral para las elecciones del 4 de septiembre
A través de una resolución, la Junta Electoral Municipal estableció el alcance de la veda.
La Junta Electora Municipal emitió una resolución en donde se establecen los alcances de la veda electoral para las elecciones de Convencionales Constituyentes del 4 de septiembre por la Carta Orgánica.
La veda dará inició a las 00 hs del domingo 4 de septiembre y finalizará a las 21 hs del mismo día. Según establece la resolución, en esta franja horaria estarán prohibidas las siguientes cosas:
1) La exhibición, el depósito y portación de armas en los lugares de los comicios y hasta una distancia de 100 metros del perímetro de aquellos, a excepción de la policía.
2) Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
3) El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
4) Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 100 metros de la ubicación de las mesas receptoras de votos.
5) A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
6) La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalan mesas receptoras de votos.
7) La difusión y publicación de encuestas previas o a boca de urna o similares.La Junta Electora Municipal emitió una resolución en donde se establecen los alcances de la veda electoral para las elecciones de Convencionales Constituyentes del 4 de septiembre por la Carta Orgánica.
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