Al banquillo Elevan a juicio la causa contra el ex Juez de Paz de San Francisco del Chañar

Gustavo Oroná está acusado de 11 hechos de “Defraudación Agravada por Circunvención de Incapaces Reiterada”.

Judiciales 02/10/2026

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La Justicia de Deán Funes solicitó la elevación a juicio de Gustavo Aníbal Oroná, ex Juez de Paz de la localidad de San Francisco del Chañar.
 
Oroná está acusado de 11 hechos de “Defraudación Agravada por Circunvención de Incapaces Reiterada”.
Según consta en la causa, se da por acreditado que, siendo Juez de Paz, hizo suscribir a un grupo de adultos mayores, alojados en el Hospital “J. J. Puente” poderes generales y especiales que lo habilitaban, entre otras cosas, para cobrar sus jubilaciones y percibir otras sumas de dinero en su nombre. Increíblemente, algunos de esos papeles estaban firmados por el propio Oroná como fedatario.
 
Tras la solicitud de elevación de la Fiscal, la defensa tiene un plazo de 5 días hábiles para oponerse ante el Juzgado de Control. Si no lo hiciera, se remitiría directamente a la Cámara del Crimen de Deán Funes quien deberá fijar fecha de inicio del debate judicial.
 
Recordemos que, por esta acusación, en 2023 y tras la investigación y resolución del Juez de Control Bruno Bonafina, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) destituyó a Oroná de su cargo.
 
La sentencia explicaba que “certificar, como Juez de Paz, un instrumento y a la vez firmarlo como parte, se enmarca –cuanto menos- en un conflicto de intereses, situación que, en circunstancia alguna, podría ser tolerable en el desempeño de un representante de la Justicia Provincial”. 
 
Aparentemente, Orona no tenía permitido representar a los “abuelos” internados en dicho nosocomio y que, además, al hacerlo, incumplió con su deber de permanecer en su despacho durante el horario comprendido entre las 8 y las 14 horas.
 
“Debe tenerse presente que el rol que ocupa el Juez de Paz en la sociedad le exige mantener una actitud responsable, decorosa y digna de su condición, lo cual no parece haber sucedido con Oroná al aprovecharse de la situación de vulnerabilidad en que se encontraban los adultos mayores, desplegando actos incompatibles con su función y no permaneciendo en su despacho durante el horario matutino”, concluyó el TSJ.
 
Fuente: Diario Primer Informe
 

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