El Gobierno pagará un subsidio de $ 15 mil a las familias de los muertos por coronavirus

Publicó un decreto en el Boletín Oficial. Alcanzará a quienes se encuentran en "los sectores más vulnerables de la sociedad".

Política y Sociedad 08/08/2020

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El Gobierno nacional pagará un subsidio de 15 mil pesos a las familias de las personas fallecidas por coronavirus y que se encontraran dentro de los “sectores más vulnerables de la sociedad”.
 
La medida fue plasmada en el decreto 655/2020, y se trata de una ampliación de una serie de asignaciones que está vigente desde 2006 y que hasta el momento cubría, por ejemplo, la muerte de beneficiarios del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y veteranos de la Guerra de Malvinas, entre otros, pero que ahora incluye también a las víctimas fatales de Covid-19. 
 
Alcanzará a quienes en vida recibieron una Asignación Universal por Hijo o por Embarazo, fueron empleadas domésticas, monotributistas o estaban desocupadas al momento del deceso, entre otros factores.
 
El llamado “Subsidio de Contención Familiar” se puede solicitar también si la persona fallecida se encontraba desocupada, se desempeñaba en la economía informal o estaba inscripta en las categorías “A” y “B” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
 
También abarca a personas que hayan muerto por coronavirus y que estén declaradas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, era titular de una Asignación Universal por Hijo o por Embarazo, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma”.
 
En el texto se indica que los 15 mil pesos  “se abonarán al o a la cónyuge o conviviente” de la víctima “o al padre o a la madre o alguna de sus madres o alguno de sus padres, o al hijo o a la hija del o de la causante, siempre que el o la solicitante denunciare el fallecimiento y acreditare haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio”.
 
 

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